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A PROPÓSITO DEL 28...

El 28 de diciembre es tomado como el día de las bromas; mentiras piadosas y en fin, comportamientos similares para sacar de quien la recibe una sonrisa o una carcajada al darse cuenta de la mentira o del engaño en que fue sumido. En fin, esa finalidad se fue acentuando tanto que sencillamente la meta era y es obtener la hilaridad, la risa, la carcajada. Por ello la especialidad de los noticieros en recopilar las salidas en falso de sus presentadores, actores y actrices en el desempeño de su trabajo, cuando, por circunstancias varias llanamente metieron la pata como se dice. Es decir, la risa como burla de su posición. Por esta razón, potísima por demás, me inclino a que la génesis de la celebración este día en tal sentido, no puede ser otro que la universalidad de la burla de que fue objeto HERODES cuando enviando a los magos para que de regreso le informaran sobre el nacimiento de JESÚS DE NAZARETH y así matarlo y terminar con su zozobra, ellos, los magos o sabios alertados por los án

A PROPÓSITO DE LA ÉPOCA...

Leí hoy nuevamente al doctor HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA haciendo referencia crítica a la llamada "Fiesta Brava", donde, personificando al masacrado toro relataba una a una sus vivencias y la alegría de la gente o del pueblo, con su sufrimiento; la preservación de la especie, según cuentas, justificaba y justifica aún para los defensores del circo, su muerte cruel sirviendo de contera a una inexplicablemente humana diversión. Mentira; la única muerte que en esas circunstancias de padecimiento cruel y despiadado, porque así eran los romanos de entonces en contravia a lo tibio que por compasión a la humanidad siempre se mostró en las obras del séptimo arte, fue la de JESUCRISTO. Con ella y de esa única forma nos redimió; preservó sí nuestra humanidad, muy a propósito de la época navideña en que nos encontramos donde, con fervor celebramos, por la misma razón, su prodigioso nacimiento.

PERIODISMO?

Está muy en boga la forma de hacer periodismo o mejor, cuál es la forma ética de hacer periodismo. Todo a raíz de la información que nos ha hecho llegar JULIAN ASSANGE mediante su portal "Wikileaks". Todos estos datos hasta ese entonces secretos le han posibilitado a la opinión pública e incluso a los diferentes gobiernos el enterarse de aspectos que podrían tildarse de escabrosos, sin que nadie lo critique con excepción obvia de quien estaba participando en ese juego; por el contrario, se ha exaltado la labor porque así nada se queda oculto y nos damos cuenta del juego político que se imprime en el orbe, incluida Colombia, obviamente. La pregunta es entonces, la forma de consecución de la entonces secreta información, violando o violentando normas éticas, morales o penales, pasa a un segundo plano y se considera irrelevante por la valía o lo valioso que significa el fin? De hecho, al señor JULIAN ASSANGE y a su equipo de colaboradores, quienes mantenían todos esos secretos,

MINUTA CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO · Nombre de la Finca: · · Propietario y empleador: · · Empleado o trabajador: · · Salario: $ 515.000 (Salario Mínimo Legal) Entre el empleador y trabajador, ambos mayores de edad e identificados como se anotó a inicio del presente documento, se suscribe el presente CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO el cual queda regido por las siguientes cláusulas: PRIMERA : Lugar. El trabajador desarrollará sus funciones en las dependencias de la Finca… SEGUNDA : Funciones. El empleador contrata al trabajador para desempeñarse como MAYORDOMO de la finca anteriormente mencionada y de propiedad del empleador, donde ejecutará las siguientes labores: 1. Cuidado y buen uso de las herramientas que como elementos de trabajo se le confían y se le suministran por parte del empleador. 2. Permanencia, sin solución de continuidad e

Minuta. Contrato de Arrendamiento

Palmira (Valle), abril….. ARRENDADOR: ARRENDATARIOS: COARRENDATARIO: DIRECCION DEL IMMUEBLE: PRECIO O CANON: TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO: UN (1) AÑO FECHA DE INICIACION DEL CONTRATO: El inmueble consta de los servicios de: agua, luz eléctrica, …… cuyo pago corresponde AL ARRENDATARIO. Además de las anteriores estipulaciones, las partes del común acuerdo convienen las siguientes cláusulas: · PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. Mediante el presente contrato, el arrendador se obliga a conceder al arrendamiento el goce del inmueble urbano destinado a vivienda cuyos linderos se determinan en la clausula decima quinta de este contrato junto con los demás elementos que figuran en inventario separado firmado por las partes, y el arrendatario, a pagar por este goce el canon o renta estipulado. · SEGUNDA – PAGO – OPORTUNIDAD Y SITIO. El arrendatario de obliga a pagar al arrendador por el goce del in