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Mostrando entradas de mayo, 2013

EL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD

Este es el nuevo embeleco en que se ha ocupado nuestra sociedad en los últimos tiempos, patrocinado -quien lo creyera- por quien constitucionalmente está encargada de vigilar la integridad de la Constitución Nacional: la Corte Constitucional al interpretar y desmenuzar el contenido de su artículo 16 que textualmente reza: "Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico" . El libre desarrollo de la personalidad, que en esencia representa la garantía del Estado a su coasociado para que sea como individualmente quiera, se ha prestado para disimiles pretensiones como que la abstracción que envuelve se presta para que quien lo desee obtenga su rédito olvidándose o desconociéndose que como todo en la vida o en el mundo no puede ser algo absoluto, ya que este complejo aspecto tiene relación a todos los comportamientos y actitudes que la persona tiene frente y con la soci