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Mostrando entradas de septiembre, 2020

LO BUENO DE LA DECISIÓN DE LA JUEZ DE GARANTÍAS...

La Juez de Garantías finalmente concluyo que es competente para continuar la investigación contra el ex-presidente Alvaro Uribe Velez ante la remisión que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia hiciera del respectivo proceso por virtud de la renuncia del mismo a su curul como Senador de la República; ante ese nuevo episodio sale de su órbita con dirección a la justicia ordinaria inexorablemente. Si bien aquella Juez no fue capaz de tomar la decisión en la primera audiencia publica una vez escuchados los planteamientos de los sujetos procesales, ocho días después concluyo que jurídicamente si es competente por virtud de la ocurrencia de los hechos con posterioridad al primero de enero de dos mil quince, aunque paralelamente y evidenciando un conflicto entre las leyes 600 de 2000 y 906 de 2014 como ritualidad del proceso, prefirió contar con la anuencia de la Sala Plena de la Corte de Justicia echando mano a los artículos 17 y 18 de la Ley Estatutaria de Administración de

LO DICHO: LA JUSTICIA COLOMBIANA, UN CIRCO...

Son dos procedimientos diferentes: la ley 600 de 2000 y la 906 de 2004. La primera aplicada por la Corte Suprema de Justicia en el caso de los aforados como entonces era Alvaro Uribe Velez mientras fue Senador de la República y la segunda que constituye el nuevo Código de Procedimiento Penal y dentro del cual navegaran tanto el Juez de Conocimiento, el Juez de Garantías y el Fiscal en los hechos puestos a su conocimiento.  En el caso especifico del entonces Senador Alvaro Uribe fue llamado por la Corte Suprema de Justicia a que rindiera diligencia de indagatoria que constituye el inicial medio de defensa y no propiamente dentro del tiempo estipulado sino el que a bien tuvieron, le resolvieron su situación jurídica mediante el celebre auto de 1.554 paginas imponiéndosele medida de aseguramiento domiciliaria. Al renunciar a su curul como tal y dejar de ser Senador de la República, obviamente la Corte Suprema de Justicia pierde su competencia que recae en la justicia ordinaria regulada po